En el marco de las 331.ª reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo que tuvo lugar en la ciudad de Ginebra entre los días 26 de octubre y 9 de noviembre de 2017 , se dio a conocer el más reciente informe del Comité de Libertad Sindical de la OIT.
El Comité de Libertad Sindical, creado en 1951, supervisa la observancia de los principios fundamentales de la libertad de asociación, lo que garantiza, entre otros, el derecho de los trabajadores a fundar sindicatos y a entablar negociaciones colectivas. Se reúne tres veces por año y está integrado por tres representantes gubernamentales, tres representantes de los empleadores y tres representantes de los trabajadores.
En el reciente informe puede verse el tratamiento que el tema ha dado a dos casos de Guatemala y uno de El Salvador.
Una sistematización de estos tres casos ha sido preparada por INET y puede verse en
http://portalinet.org/documentos-inet/
Para la lectura de la totalidad del informe del Comité de Libertad Sindical, puede entrar en la siguiente dirección
http://www.ilo.org/gb/GBSessions/GB331/ins/WCMS_592689/lang–es/index.htm